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DENEGACIÓN DE JUSTICIA y PROCURACIÓN DE JUSTICIA, EN OCOSINGO, CHIAPAS A 3 MUJERES CHIAPANECAS...Al parecer en Ocosingo, Chiapas, las mujeres tienen que agachar la cabeza y obedecer a las organizaciones y a las autoridades y no denunciar anomalías. Porque éstas, son las consecuencias...

24 de mayo de 2012.

En el tercer año de lucha dentro del marco del Día Internacional de la Mujer, decimos que: Creemos firmemente que el Sr. JUAN SABINES GUERRERO, Gobernador de Chiapas no tiene conocimiento del presente asunto o si la tiente, sus colaboradores le han subido información falsa o manipulada respecto a esta denuncia, porque los documentos que hemos girado a lo largo de más de 897 días, o también puede ser que dichos documentos se quedan detenidos hasta cierto nivel de gobierno.
!basta del cerco informativo!

Por eso Sr. Gobernador, RESPETUOSAMENTE y dentro del marco de la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, le solicitamos su intervención y se efectúe la investigación correspondiente a esta denuncia.

Alzamos respetuosamente la voz , diciendo:

Somos 3 mujeres, mexicanas, Chiapanecas y locatarias del Mercado Público Dr. Belisario Dómínguez de Ocosingo, Chiapas, Consuelo Evangelina, Eva Rosa y Josefita, quienes desde hace más de 19 años poseemos 3 locales en ese Mercado Público en esa Ciudad, bajo los números 41, 42 y 48. En esos locales, instalamos una Tortillería (denominada inicialmente Tortillería Gaby, posteriormente Tortillería Gaby 3 y finalmente Tgaby´s). Este negocio, ha sido el sustento de la familia por muchos años. Sin embargo, la armonía se rompió en octubre de 2009. Cuando fuimos demandadas por el líder MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, representante legal de la “Coalición de Locatarios del Mercado Tradicional Dr. Belisario Domínguez A.C.”, quien, nos requirió civilmente la reivindicación de la posesión de los locales 41, 42 y 48(devolución de los locales, requiriendo y reclamando la recuperación de la posesión del terreno y la construcción de nuestra tortillería como suya).

Al leer, la demanda entablada en nuestra contra, nos enteramos que el grupo de locatarios antes mencionado, recién, habían ganado un Juicio Civil (en el cual no fuimos llamados a juicio), MEDIANTE SENTENCIA EMITIDA por un Juez de Ocosingo, en el mes de agosto de 2009, documento, en el que aducen que de POSEEDORES pasaron a ser PROPIETARIOS DEL MERCADO PÚBLICO MUNICIPAL DE OCOSINGO, CHIAPAS, (y a dicho del "LÍDER", están incluidos nuestros locales, es decir que también habían pasado a ser dueños de nuestra tortillería?...sin nunca haberlos tenido en posesión).

- - -SE ACLARA:
SEGÚN LA LECTURA DE UN DOCUMENTO PROTOCALIZADO ANTE NOTARIO PÚBLICO DE YAJALÓN QUE CONTIENE SENTENCIA DEL JUICIO CIVIL DE PRESCRIPCIÓN POSITIVA, LOS LOCATARIOS POR CONDUCTO DE SU "LÍDER" demandaron a un particular; al Delegado del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, MÁS NO AL LEGÍTIMO DUEÑO DEL TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DEL MERCADO PÚBLICO, QUE LO ES EL H. AYUNTAMIENTO DE OCOSINGO, CHIAPAS.

POR LO QUE, PEDIMOS QUE SE INVESTIGUE EL FRAUDE PROCESAL EN QUE INCURRIERON DIVERSAS AUTORIDADES PARA ENTREGAR UN BIEN PÚBLICO Y DESINCORPORARLO A FAVOR DE UNA ORGANIZACIÓN CIVIL, EL MERCADO MUNICIPAL, PASO A SER PROPIEDAD DE DICHA ORGANIZACIÓN, POR LO QUE PEDIMOS AL CONGRESO DEL ESTADO, AL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN DEL ALUDIDO ÓRGANO DEL PODER LEGISLATIVO, EN SU CASO, AL TITULAR DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS. QUE SE INVESTIGUE, CÓMO PRESCRIBIÓ UN BIEN PÚBLICO A FAVOR DE PARTICULARES, SIN QUE SE HAYA LLAMADO A JUICIO AL H. AYUNTAMIENTO DE OCOSINGO, CHIAPAS. LO ANTERIOR, PARA EL DESLINDE DE RESPONSABILIDADES CIVILES, PENALES Y ADMINISTRATIVAS A QUE HUBIERE A LUGAR.

Por lo tanto, al estar demandadas, y en uso de nuestra GARANTÍA DE DEFENSA, contestamos la aludida demanda y contrademandamos a la citada Coalición de Locatarios, haciendo valer LA NULIDAD POR FRAUDE PROCESAL DE JUICIO CONCLUIDO, lo que molestó en demasía a los LIDERES DE DICHA ORGANIZACIÓN, al ver que su Juicio podría venirse abajo. Inclusive intentaron desistirse, pero el Juez les dijo que debían ratificar su documento y con las debidas consecuencias legales, pero, nunca ratificaron su desistimiento.

Después de ésto, comenzaron las REPRESIONES Y REPRESALIAS EN NUESTRA CONTRA para desistirnos de la contrademanda instaurada en contra de LOS LOCATARIOS, tales como IMPEDIR DESEMPEÑAR NUESTRO TRABAJO, DONDE TENÍAMOS INSTALADA LA TORTILLERÍAS T´GABY´S, EN OCOSINGO, CHIAPAS. (LOCALES 41, 42 Y 48 UBICADOS EN EL MERCADO PÚBLICO DE ESTA CIUDAD.):

A.1.- PRIMERA AGRESIÓN. 05 de diciembre de 2009, bloquean los accesos de la Tortillería con montones de grava, impidiendo con ello, desempeñar nuestro trabajo.
- - - LAS AUTORIDADES MUNICIPALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS NO HICIERON NADA PARA RETIRAR LOS MONTONES DE GRAVA, NO OBSTANTE DE HABERLES REQUERIDO SU INTERVENCIÓN.

A.2.- SEGUNDA AGRESIÓN. 06 de diciembre de 2009, los locatarios borraron la nomenclatura de los locales "41, 42 y 48" y no permitieron (ALGUNOS LIDERES LOCATARIOS) el retiro de los montones de arena que bloquean la Tortillería y tampoco permiteron el acceso o ingreso al negocio. ASÍ COMO PINTARON la marquesina del negocio, con la leyenda que se observa a continuación:

"MERCADO PÚBLICO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, PROPIEDAD DE LA COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ DE OCOSINGO, CHIAPAS, A.C.”

- - -LAS AUTORIDADES MINISTERIALES HASTA HOY DÍA NO HAN HECHO NADA PARA SANCIONAR A LOS INFRACTORES DE LA LEY.

A.3.- TERCERA AGRESIÓN. Enero 2010, encostalillan la grava y ponen una línea de maderas, pero sigue bloqueado el negocio.
- - -LAS AUTORIDADES NO HICIERON NADA PARA EVITAR LAS NUEVAS AGRESIONES.

A.4.- CUARTA AGRESIÓN. Febrero 2010, cercaron el negocio con palos y láminas.
- - -LAS AUTORIDADES VUELVEN A SER OMISAS, PERMITIENDO QUE SE COMETIERA OTRA AGRESIÓN A NUESTRA FUENTE DE TRABAJO.

A.5.- QUINTA AGRESIÓN. Febrero 2010, instalan banderas rojinegras en marquesina del negocio, en señal de protesta y a dicho del líder MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, se ufanaba en comentar y en decir: "...que sus acciones estaban apoyadas por el EZLN...".

A.6.- SEXTA AGRESIÓN. 07 de diciembre de 2010, bajo el pretexto de haber una fuga de gas, retiraron Tanques de Gas sin autorización de las suscritas y de autoridad Judicial alguna. Existe factura que dichos bienes muebles, fueron retirados con vehículos propiedad de funcionario, exdiputado y actual regidor del H. ayuntamiento, Cesar Augusto Yañez Ortiz. (mentor incondicional de la Coalición y del Líder MADV).
- - -LAS AUTORIDADES MINISTERIALES VUELVEN A SER OMISAS Y ALGUNAS PERMITIERON EL RETIRO DE TANQUES DE GAS, NO OBSTANTE QUE SE LES AVISO PREVIAMENTE.

A.7.- SÉPTIMA AGRESIÓN. 19 de febrero de 2011, realizan demolición de dichos locales, sin autorización judicial ni de las suscritas.
(Acto ilegal y premeditado que queda al descubierto ante el retiro de tanques de gas, bajo la mentira de una fuga de gas, cuando lo que realmente, dicha acción era para poder demoler nuestra fuente de trabajos -máquinas, materia prima, instalación eléctrica, hidráulica, basculas electrónicas, en fin TODO DESTRUYERON-).
- - -LAS AUTORIDADES MUNICIPALES Y MINISTERIALES VUELVEN A SER OMISAS, PERMITIENDO QUE DEMOLIERAN NUESTRA FUENTE DE TRABAJO, NOS OBSTANTE QUE SE LES SOLICITÓ APOYO.

Aún y cuando solicitamos ayuda del Ministerio público y de la policía municipal, NO FUIMOS AUXILIADOS, ESTAS AUTORIDADEES PERMITIERON LA DEMOLICION DE NUESTRA FUENTE DE TRABAJO.

A.8.- OCTAVA AGRESÍÓN, despues de demoler los locales, ahora la autoridad municipal, ha otorgado permiso de Tortillería al Grupo Agresor, a través de uno (a) de sus agremiados (as) denominada "TORTILLERÍA DEL MERCADO", ellos si están trabajando. Solicitamos investigación de cómo se otorgó dicho permiso. NO SE VALE TANTA INJUSTICIA!

- - -Dan gusto a una organización, en perjuicio de los derechos de estas 3 mujeres. Ellos están trabajando con un permiso otorgado turbiamente.

A.9.- NOVENA AGRESIÓN.- Con fecha 18 de abril notificaron el no ejercicio de la acción penal, pero no nos dieron copia de la resolución,en Acta administrativa 1232/SE18-T2/2009, actualmente Averiguación previa 139/SE18-T2/2010 (no nos dan acceso a esta indagatoria desde el mes de noviembre de 2010), otra impunidad más y arbitrariedad del C. RAMON FALCÓN MOLLINEDO. A quien se le ha solicitado copia y se niega con las excusas de que salió a comer, a diligencia y la última, que salieron de vacaciones. QUE INJUSTICIA Y QUE IMPOTENCIA. Después de las presiones la copia fue otorgada vía comparecencia hace apenas unos días. SE PRESENTÒ RECURSO DE RECONSIDERACION EL DIA 11 DE MAYO DE 2011, MISMO QUE FUE TURNADO A LA FISCALÍA ESPECIALIZADA JURIDICA Y NORMATIVA EL DÍA 16 DE MAYO DE 2011. SUPIMOS EN SU MOMENTO DE MANERA EXTRAOFICIAL QUE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA JURÍDICA Y NORMATIVA RESOLVIÓ EL RECURSO, PERO NO QUISIERON NOTIFICARNOS, DIJERON QUE IBAN A SER REMITIDA TODA LA DOCUMENTACIÓN ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO DE OCOSINGO. OCURRÍ EL 6 DE JULIO DE 2011 CON EL MINISTERIO PÚBLICO de ocosingo, Y PARA MI SORPRESA FUE CAMBIADO EL MINISTERIO RAMON FALCÓN MOLLINEDO QUEDANDO EN SU LUGAR EL LIC. NATIVIDAD VILLATORO CORDOVA, QUIEN NO ME DIO ACCESO EL EXPEDIENTE, PERO ME ENTREGÓ COPIAS UNICAMENTE DEL ACUERDO DE FECHA 16 DE MAYO, EMITIDO POR LA FISCALÍA ESPECIALIZADA JURÍDICA NORMATIVA, PERO NO ME QUISO ENTREGAR COPIA DE LA RESOLUCIÓN DICTADA CON MOTIVO AL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN; DIJO QUE LA COPIA SERÍA ENTREGADA HASTA DENTRO DE 8 DÍAS, LO CUAL ES ILEGAL E INJUSTO. ESTÁN OCULTANDO INFORMACIÓN OTRA VEZ.

LA COPIA DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN FUE ENTREGADA POR EL NUEVO MINISTERIO, POSTERIORMENTE A ESTOS RECLAMOS, SE GANO EL RECURSO Y QUEDARON SIN EFECTOS LAS RESOLUCIONES Y POR ENDE SE DEVOLVERA PARA QUE SE SIGA INTEGRANDO LA AVERIGUACIÓN PREVIA.

EL LIC. NATIVIDAD VILLATORO CORDOVA, NO HA INTEGRADO DEBIDAMENTE EL EXPEDIENTE DESDE EL MES DE JULIO DE 2011, POR LO QUE DESDE QUE REGRESÓ EL EXPEDIENTE DE JURÍDICA NORMARIVA, HAN TRANSCURRIDO MÁS DE 8 MESES, QUE INJUSTICIA.

A.10.- DÉCIMA AGRESIÓN.- En otra de nuestras Tortillerías, en represión y por represalías, Autoridades Municipales (Coordinador de Salud Municipal, Policía Municipal, verificadores Y/o inspectores) la clausuraron en forma arbitraria el día 28 de junio de 2011. CONFECCIONANDO SUS TROPELÍAS EN FORMA CONJUNTA Y ARBITRARIA. Solicitamos se investiguen a estos funcionarios y se deslinden las reponsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan. Ante estos actos promovimos Amparo, mismo que fue radicado ante el Juez Quinto de Distrito en el Estado. Ganamos la suspensión provisional y la definitiva, pero a penas el día 03 de agosto de 2011 pudimos aperturar el negocio, por cuanto las autoridades municipales retiraron los sellos el día 02 de agosto. EL AMPARO SE RESOLVIÓ A NUESTRO FAVOR EN EL MES DE SEPTIEMBRE DE 201!, NO OBSTANTE PROMOVIMOS INCIDENTE DE VIOLACIÓN A LA SUSPENSIÓN, MISMA QUE FUE DECRETADA COMO INFUNDADA, PERO RECURRIMOS EN QUEJA, MISMA QUE YA FUE ADMITIDA Y ESTÁ SIENDO VENTILADA EN UN TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO, POR LO QUE SOLICITAMOS A LAS AUTORIDADES FEDERALES investigue si hubo desacato por parte de las autoridades municipales y se actúe en consecuencia. YA MERECEN UN CASTIGO ESTAS AUTORIDADES. LA QUEJA FUE DECRETADA INFUNDADA.

El amparo otorgado, dejó sin efecto las constancias, y obligó a las autoridades a emitir un nuevo acto, mismo que fue dictado en contravención a la orden del Juez Federal. Por lo que mediante acuerdo de fecha 28 de nov. de 2011 se decretó como no cumplido el fallo protector y se ordenó requerir a los inspectores adscritos. Mediante auto de fecha 14 de febrero, se le requirió a las autoridades municipales que informen de inmediato sobre el cumplimiento a la sentencia. Lo que no han cumplido. (hace más de 5 meses, 3 semanas y 5 días aproximadamente)

A.11.- DECIMA PRIMERA AGRESIÓN.-Una vez demolido el local, comenzaron a construir en el terreno donde estaba ubicada nuestra Tortillería.
- - -Con fecha 30 de agosto, en una acción más ARBITRARIA, los locatarios, en forma ILEGAL iniciaron construcción sobre el terreno en litigio (penal y civil) donde estaban ubicados nuestros locales. La construcción, es con block, láminas, tubos metálicos tubulares y madera; PRECISANDO QUE NO OBSTANTE QUE SE PIDIÓ AUXILIO A las autoridades municipales, del ministerio público, policía municial y de derechos humanos, ellos, brillaron por su ausencia OTRA VEZ.

- - -10 DE SEPTIEMBRE DE 2011, se aprecia que LOS LOCATARIOS construyeron locales, no se sabe si son 4 o 5 locales.

- - -21 DE SEPTIEMBRE DE 2011, se confirma que construyeron ilegalmente 5 locales, de los cuales ya 3 están ocupados, y dos más están cerrados; en uno hay un PUESTO DE ZAPATERÍA, en otro, UN PUESTO DE OBJETOS DE PLÁSTICOS Y OBJETOS DIVERSOS, y UN PUESTO DE VENTA DE MOCHILAS, ETC.. LAS AUTORIDADES NO HACEN NADA! lo que ya fue comunicado al Ministerio público, EL LIC. NATIVIDAD VILLATORO CORDOVA, y nada!!

!!!Y las autoridades dicen que no hay violación a los derechos humanos!!!! cómo es posible. Ellos: han manifestado a diversas autoridades que nosotros abandonamos los locales, LO QUE ES FALSO, ellos demolieron nuestra fuente de trabajo e instalaron diversos locales e ingresaron gente para utilizarlos.

Represiones y represalias como las narradas con antelación que se han materializado en agresiones en nuestra contra por denunciar que se presume que esa Coalición de locatarios, de manera fraudulenta se apropio del Mercado Público Dr. Belisario Domínguez, mediante un juicio poco fiable, en el que hicieron creer al Juez que el terreno donde se encuentra construido el Mercado ERA PROPIEDAD DE UN PARTICULAR, CUANDO EL PROPIETARIO VERDADERO, LO ES EL H. AYUNTAMIENTO DE OCOSINGO, CHIAPAS; lo anterior, claro está, lo consiguieron con la correspondiente anuencia y omisión en otros casos de diversos funcionarios municipales, que lejos de pugnar por recuperar el bien público municipal, se hicieron de la vista gorda, PARA BENEFICIAR A A LA “Coalición de Locatarios del Mercado Tradicional Dr. Belisario Domínguez A.C.”.

En estos actos han participado y coadyuvado diversos funcionarios de la administración pública municipal de Ocosingo, así como de la Estatal. Lo que ha complicado mayor aún nuestra situación, toda vez que tenemos 897 días sin poder trabajar, de denunciar, de plantones, de girar oficios, de presentar demandas civiles, penales, quejas administrativas ante diversas instancias, de ocurrir a instancias municipales, estatales y federales; ¡Y NO PASA NADA!.

Por lo que solicitamos que investiguen a los funcionarios respecto al caso de injusticia de 3 mujeres chiapanecas, y a las autoridades que en su conjunto de dos o más Poderes del Estado han llevado a cabo un concierto o relación deliberada para afectar sus derechos, desconociendo el sistema de distribución de competencias establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución local del Estado de Chiapas y diversa normatividad aplicable, tales y como se describen a continuación:

ACTOS QUE SE TRADUCEN EN UNA DENEGACION DE JUSTICIA y EN ESTE CASO PARTICULAR UNA DEFICIENTE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Y ESTATAL, POR ENDE, RECLAMO LO SIGUIENTE:

DEL PODER EJECUTIVO.- - - -Particularmente a la Secretaría General de Gobierno, la falta de seguimiento a los folios 015580, 000757, 015428 de atención ciudadana. Por lo que, solicitamos se investiguen a los siguientes funcionarios y se deslinden las responsabilidades correspondientes, ya sean penales, civiles o administrativas:
- - -Delegado de Gobierno de Ocosingo José Manuel Morales Vazquez, por su apoyo incondicional al grupo de locatarios desde el juicio de prescripción, cuando tiraron la grava, borraron la nomenclatura del negocio, impidieron el acceso y el retiro de la grava, el cercado del negocio, el retiro de los tanques de gas y la demoliciòn de los locales; al entonces subsecretario de Operación Regional Selva, Carlos Leonel Solórzano Arcia (actualmente Subsecretario de Gobierno de la Región IV. De los Llanos); al entonces Director de Atención Municipal Asbel Ochoa Cruz. Por su parcialidad en este caso y el apoyo incondicional a la“Coalición de Locatarios del Mercado Tradicional Dr. Belisario Domínguez A.C.” y a su líder MADV.

- - -A la nueva Procuradora de Justicia del Estado, Lic. María Susana Palacios García, quien sustituyó al Lic. Raciel López Salazar le solicitamos respetuosamente investigue el actuar de los Fiscales de Distrito Selva, al entonces José Luis Gómez Santaella y al actual Jorge Luis Llaven Abarca y actual encargado, Lic. Marco Antonio Burguete Ramos, así como a los Fiscales del Ministerio Público Zona Selva, que han obstaculizado y retrasado la procuración de justicia en las indagatorias siguientes:

- - -1.- Acta administrativa 1232/SE18-T2/2009, iniciada desde diciembre de 2009, hace más de 2 años y 3 meses aproximadamente, actualmente Averiguación previa 139/SE18-T2/2010, por el bloqueo con montones de arena, impedir el acceso al negocio, DAÑOS por pintar la marquesina del negocio y borrar la nomenclatura y el cercado del negocio, con láminas y palos; ACTUALMENTE LA INDAGATORIA, ESTÁ RADICADA EN OCOSINGO, DERIVADO DE QUE GANAMOS EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PROMOVIDO CONTRA LA DETERMINACIÓN DE NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL. NO SE HA INTEGRADO DEBIDAMENTE DESDE JULIO 2011, A CARGO DE EL LIC. NATIVIDAD VILLATORO CORDOVA. (Hace más de 10 meses).

- - - 2.- Averiguación previa 277/SE18-T1/2010, iniciada desde diciembre de 2010, 1 año y 2 meses aproximadamente, por el retiro de los tanques de gas sin autorización judicial ni de las suscritas por los locatarios en colusión con diversas autoridades por acción y omisión, ACTUALMENTE RADICADA EN PALENQUE EN LA FISCALÍA DE DISTRITO, POR INSTRUCCIONES SUPERIORES.

- - - 3.- Averiguación previa 42/SE18-T2/2011, iniciada desde hace más de 8 meses, por la demolición de nuestra FUENTE DE TRABAJO, de los locales donde teníamos instalada la Tortillería; daños en Maquinaria, instalaciones eléctricas e hidráulicas, Basculas, radios, mesas aceradas, maseca, etc. ESTA AVERIGUACIÓN ESTABA EN PALENQUE EN LA FISCALÍA DE DISTRITO, POR INSTRUCCIONES SUPERIORES. EN ESTE MES DE MAYO DE 2012, LA ACABAN DE DEVOLVER A OCOSINGO, CHIAPAS.

NOS ALEJAN EL ACCESO A LAS INDAGATORIAS Y LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA, AL REMITIR LAS AVERIGUACIONES PREVIAS A PALENQUE. !NO SE VALE!

De ahí que, por el retraso en la debida integración de las averiguaciones previas comentadas, el ocultamiento de constancias, la parcialidad de diversos ministerios públicos que han conocido del asunto, solicitamos se investiguen a estos servidores públicos, en su actuar, por su intervención y por omisión: Roberto Mancilla Esponda, Roberto Pérez Gómez, Jorge Luis Zenteno Zenteno, Ramón Falcón Mollinedo y Rene Daniel Gordillo Zavaleta, EL LIC. NATIVIDAD VILLATORO CORDOVA, así como a los Fiscales de Distrito que han conocido de tales asuntos y que conocen actualmente estas indagatorias.

- - - VISITADURÍA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA.- Solicitamos la continuidad y seguimiento a las quejas con números de expedientes 024/2010 (resultó sancionado Roberto MAcilla esponda); 319/2010, radicada en la mesa número 8 (no nos dan acceso y dicen que la archivaron pero no nos notificaron a determinación tomada por la autoridad) y la 130/2011, radicada en la mesa número 5 (solicitamos se agilice la presente queja).

- - - SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Al titular de esta dependencia se le solicita se investigue sobre las denuncias presentadas en contra del delegado de gobierno de Ocosingo Chiapas y que no se ha instaurado procedimiento alguno de responsabilidad administrativa.
¿O dejarán que prescriban dichas irregularidades por
omisión?

- - - DEL PODER LEGISLATIVO.- Reclamamos al entonces Presidente de la Mesa directiva del Congreso Jorge Enrique Hernández Bielma, a su Secretaría Fanny Nájera Zepeda (actualmente regidora del H. Ayuntamiento de Ocosingo) por su parcialidad con el grupo de líderes locatarios; así como al entonces Diputado local y actualmente regidor del H. Ayuntamiento de Ocosingo, Chiapas y titular de la Comisión de Mercados y Centros de Abastos de dicho municipio, César Augusto Yañez Ortiz, que se investigue a este funcionario, por su intervenciòn desde el juicio de prescripciòn, el bloqueo de grava con camiones presunta propiedad de èl, el retiro de los tanques de gas con gruas presunta propiedad del señor; así como se investigue su apoyo incondicional al grupo de locatarios hasta la demoliciòn de nuestros locales, así como su intervención respecto al otorgamiento del permiso de Tortillería para el grupo agresor, al interior del Mercado Público. Así como se investigue respecto a quien autorizó que la maquinaria que robaron y destruyeron los locatarios está en un terreno propiedad del Ayuntamiento Municipal; de igual manera se investigue la omisión de otorgar mi licencia de funcionamiento de dicha tortillería y finalmente por no actuar en el ambito de su competencia por la construcción que está realizando los locatarios en el inmueble.

- - - Al Órgano de Fiscalización del Congreso del Estado de Chiapas, LE SOLICITAMOS SE REALICE LA INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTE Y SE PROGRAME UNA AUDITORÍA, sobre la prescripción del Mercado Público de Ocosingo, en favor de la organización denominada “Coalición de Locatarios del Mercado Tradicional Dr. Belisario Domínguez A.C.”, y de la omisión de diversos servidores públicos del H. Ayuntamiento de Ocosingo, Chiapas de defender el patrimonio municipal.

- - -DEL PODER JUDICIAL,Solicitamos una investigación al Juez que falló el asunto de prescripción del mercado público de Ocosingo, Chiapas (exp. 449/2008), Lic. Guillermo González Rodríguez, actuario Adolfo Ivan Mendoza Luis, secretaria de acuerdos que integró la mayor parte de dicho asunto, Lic. Gabriela Moreno Domínguez, asimismo Lic. Jorge Alberto Calvo Peña, con el que se falló el asunto de prescripción.

Asimismo solicitamos se investigue al juez Manuel Nuñez García que mandó los autos a Yajalón del expediente 436/2009 relativo al juicio reivindicatorio de la posesión promovido por los locatarios en nuestra contra y en el que los contrademandamos haciendo valer la nulidad de juicio concluido por fraude procesal, alejandonos la justicia por estar a más de 1:30 una hora con treinta minutos de camino. EL JUICIO 436/2009 RADICADO EN OCOSINGO, FUE REMITIDO A YAJALON DONDE LE ASIGNARON NUEVO NUMERO DE EXPEDIENTE, 49/2011.

CON ESTA ACCIÓN, DE ENVIAR EL ASUNTO A YAJALÓN , CHIAPAS, SE NOS COMPLICA EL ACCESO AL EXPEDIENTE POR LA DISTANCIAY SE VIOLENTA LA INMEDIATA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA, POR LO QUE SOLICITAMOS QUE DICHO EXPEDIENTE SEA DEVUELTO.

ASIMISMO SOLICITAMOS SE INVESTIGUE AL SECRETARIO JAVIER GONZALEZ VAZQUEZ POR SU PROCEDER PARCIAL A FAVOR DE LOS LOCATARIOS EN DILIGENCIAS REALIZADAS EL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DE 2011, ASÍ COMO EL ACTUAR PARCIAL DEL ENTONCES JUEZ VICTOR ADOLFO VERA MORALES POR LA EMISIÓN DEL ACUERDO 05 DE OCTUBRE DE 2011, FAVORECIENDO A LA CONTRAPARTE.

SOLICITAMOS INVESTIGACIÓN AL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE YAJALÓN, CHIAPAS.

Expediente Civil: (439/2009-iniciado en ocosingo-) radicado en yajalón 49/2011

- - -JUEZ, Victor AdolFo Vera Morales Y SECRETARIO DE ACUERDOS DEL RAMO CIVIL, Octavio Andrónico Pérez López, por la emisión del acuerdo ilegal y parcial emitido de fecha 05 cinco de octubre de 2011 dos mil once.

- - -Se investigue la actitud de la Licenciada ISABEL ALVAREZ RAMOS, Juez Mixto de Primera Instancia de este Distrito Judicial, quien sólo emitió un acuerdo de fecha 26 de octubre de 2011 y después ha solicitado permisos, que se han prolongado hasta el día de ayer 02 de diciembre de 2011. Lo que ha permitido a actuar a los siguientes funcionarios:

JAVIER GONZALEZ VAZQUEZ, Secretario de Acuerdos del Ramo Penal encargado del Despacho por Ministerio de Ley, de conformidad con el oficio número SECJ/6091/2011, de fecha 24 de de octubre de 2011, ante SILVER SELVAS TOLEDO, Secretario Actuario en funciones de Secretario de Acuerdos de Ramo penal en atención al oficio circular número 11, de fecha 30 de mayo.

Así como el Lic. OCTAVIO ANDRÓNICO PEREZ LOPEZ, Secretario de Acuerdos del Ramo Civil, de conformidad con el oficio número SECJ/6091/2011, de fecha 24 de de octubre de 2011, ante JAVIER GONZALEZ VAZQUEZ, Secretario de Acuerdos del Ramo Penal en Funciones Civiles.

Actuario: Lic. Silver Selvas Toledo, por notificaciones realizadas de escritorio, abusando de la fe pública que posee, en formatos preimpresos al 100%, no recabando la firma de quien supuestamente notifica, haciendo alusión a que “…porque no lo considera necesario…”.

solicitamos la investigación correspondiente sobre la Sentencia dictada el día 13 de enero de 2012, en virtud de que la misma es ilegal por cuanto fue emitida por un funcionario que no está facultado para ello, quien resulta ser el Secretario de juzgado en funciones de juez, Lic. OCTAVIO ANDRÓNICO PÉREZ LÓPEZ. Dicho funcionario no está facultado para dictar sentencia, en virtud de que el artículo 80 del Código de Procedimiento Civiles Vigente en la Entidad, es claro al señalar que:
ARTICULO 80.- TODAS LAS RESOLUCIONES DE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIAS SERAN AUTORIZADAS POR JUECES O MAGISTRADOS, SEGUN CORRESPONDA, Y POR EL RESPECTIVO SECRETARIO, CON FIRMAS ENTERAS. Actualmente este asunto, se encuentra en amparo directo, la Sala Regional 03 de San Cristóbal de las Casas, con fecha 10 de abril de 2012, emitió una sentencia SALOMÓNICA, diciendo que ni la parte actora acreditó su acción y nosotros nuestra defensa, es decir que deja el asunto TABLAS (en esta sentencia fue nulificada la sentencia que les daba el gane a mi contraparte). En uso de nuestra garantía de defensa, promovimos amparo, mismo que está en proceso de integración.

- - -Por otro lado, solicitamos que el Juzgador de ocosingo, que en el diverso expediente número 477/2010 (incidente para retener la posesión de los locales) requirió a nuestra contraparte para que se abstuviera de realizar actos perturbatorios de la posesión y cuando éste demolió y se le puso de conocimiento a su señoría, éste dijo que no podía hacer nada! YA BASTA DE TANTA PARCIALIDAD! . RECURRIMOS ESTA DETERMINACION ILEGAL, VIA APELACION MISMA QUE GANAMOS, EL EXPEDIENTE REGRESARA ANTE EL JUEZ PARA SU CONTINUIDAD CORRESPONDIENTE.

- - -DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE OCOSINGO.- Reclamamos al entonces presidente Municipal, posteriormente Subsecretario de Operación Regional Zona Selva, Carlos Leonel Solórzano Arcía (actualmente Subsecretario de Gobierno de la Región IV. De los Llanos); al Presidente Municipal interino Luis Beltrán Arguello Trejo; Actual Presidente Municipal, Arturo Zuñiga Urbina; Secretario Municipal Francisco Arguello Martínez, Secretario de Obras Públicas, Jordán Alegría Constantino, así como al entonces Director de Desarrollo Urbano José Ulises cordoba Gordillo, así como al actualmente regidor del H. Ayuntamiento de Ocosingo, Chiapas y titular de la Comisión de Mercados y Centros de Abastos de dicho municipio, Cesar Augusto Yañez Ortiz.

Solicitamos se investiguen a estos funcionarios, por omisiones en sus funciones, al no retirar la grava, el cercado del negocio, incumpliendo su normatividad municipal, por ser del ambito de su competencia: mercado pùblico, banquetas y seguridad pùblica municipal, permitiendo con su actuar tales atropellos hasta la demolición de nuestra fuente de trabajo y su apoyo incondicional al grupo de locatarios en lugar de defender su patrimonio municipal. (mercado municipal de ocosingo, chiapas).

- - - Autoridades Municipales (Coordinador de Salud Municipal -EDGAR MOISES CANCINO NAJERA-, Policía Municipal, verificadores Y/o inspectores -DR. WEIMAR DOMINGUEZ PEREZ, ATENOGENES IVAN CRUZ LOPEZ Y GERARDO ALFONZO GARCÍA, HERLINDO MARTÍNEZ ESPINOZA, MARCO ANTONIO TREJO BALLINAS-)que Suspendieron y/o clausuraron Tortillería en forma arbitraria el día 28 de junio de 2011. CONFECCIONANDO SUS TROPELÍAS EN FORMA CONJUNTA Y ARBITRARIA. Solicitamos se investiguen a estos funcionarios y se deslinden las reponsabilidades administrativas, civiles o penales que correspondan. YA BASTA DE INJUSTICIAS, NO CABE DUDA QUE OCOSINGO, CHIAPAS, LAMENTABLEMENTES ES UN PUEBLO SIN LEY. SE LE SOLICITA AL C. ARTURO ZUÑIGA PRESIDENTE MUNICIPAL REALICE LAS INVESTIGACIONES CORRESPONDIENTES Y SANCIONE A ESTOS FUNCIONARIOS.

- - -QUEJA CDH/0030/2010, COMISION DE DERECHOS HUMANOS, .- Al entonces titular, Juan Carlos Moreno Guillén, así como al C. Juan Carlos de la Cruz Esteban, entonces Visitador adjunto de Ocosingo, Chiapas, se les reclama por realizar actos simulados para no emitir la recomendación correspondiente en contra de la Procuradurìa de Justicia del Estado, hasta la presente fecha mayo de 2012. ASIMISMO, SOLICITAMOS ACUMULE CON LA QUEJA CEDH/0192/2011.

Actos que quedan demostrados con la actual notificación del ministerio publico ramon falcón mollinedo de 18 de abril del no ejercicio de la acción penal, pero sin corrernos traslado de la copia de la resolución, lo que nos deja en completo estado de indefensión, es un completo ABUSO DE AUTORIDAD.(esta última fue entregada vía comparecencia hace apenas unos días por las presiones que hemos ejercido. CON FECHA 11 DE MAYO DE 2011 PRESENTAMOS RECURSO DE RECONSIDERACION)

ANTECEDENTES:
----QUEJA CDH/0030/2010
----PROPUESTA CONCILIATORIA CDH/039/2010-C.

- - -QUEJA CEDH/0192/2011, CONSEJO ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.- Por la lentitud con la que ha actuado en el presente caso. Solicitamos que seamos tratados con equidad, igualdad y que cumplan con la normatividad que les rige en materia de derechos humanos. (discriminación de género y por condición social, denegación de justicia, denegaciòn de acceso a la administración pùblica, violaciòn a la libertad al trabajo, abusos de autoridad, omisiones que se han traducido en daños y perjuicios en contra de 3 mujeres trabajadoras).

----ANTECEDENTE
----QUEJA CEDH/0192/2011, PRESENTADA AL C.P. LORENZO LOPEZ MENDEZ.

Esta petición se realiza, en el marco del tercer año del día Internacional de la Mujer Y DEL DIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. Ayúdenos por favor, ciudadanos mexicanos a difundir esta injusticia, las averiguaciones previas no caminan, están detenidas y siguen las injusticias en nuestra contra.

Por otra parte, les decimos que no obstante que el lider de los locatarios MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, estaba apercibido civil y penalmente, éste demolió los locales. Dice él: "...que tiene influencias y que no le pueden hacer nada...". Al parecer esto es cierto pues tenemos 897 días de pedir justicia y nada!. PARCIALIDAD, INJUSTICIA E IMPUNIDAD!

Solicitamos se gire la orden de aprehensión en contra de los CC. MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ Y ARTEMIO CRUZ PÉREZ, quienes liderearon la última agresión, la demolición de los locales sin autorización judicial y sin observar los mandatos girados por el Ministerio Público y el Juez Mixto de Primera Instancia de Ocosingo, Chiapas. Así como solicitamos la investigación de su abogado, Miguel Angel Coello Guillén. (Al parecer, actualmente es miembro de una barra de abogados de Tuxtla Gutiérrez). LÍDERES INMISCUIDOS: TEODOCIO CRUZ MOLLINEDO, ARTEMIO CRUZ PEREZ, CARLOS GÓMEZ ORTEGA.

SOLICITAMOS JUSTICIA, YA NO MÁS REPRESALÍAS, QUEREMOS SOLUCIÓN, AYUDENOS POR FAVOR. Un caminar largo de más de 897 días en dependencias municipales, estatales y federales, sin resultado alguno.

Reciban un afectuoso Saludo y que Dios los bendiga Siempre, sigan difundiendoESTA INJUSTICIA A 3 MUJERES MEXICANAS Y CHIAPANECAS.

¿Acaso el Gobierno debe dejar de observar la Ley, porque un grupo de personas de más de 250 personas lo presionan? si es así, pue que el gobierno asuma el pago correspondiente.

¿Acaso no vale igual una mujer EN CHIAPAS que otra? O NO TODAS VALEN IGUAL?

¿que necesitan las autoridades para que seamos escuchadas? Agresión, tras agresión y NO PASA NADA!

Trafico de influencia, omisiones, responsabilidades administrativas, abusos de autoridad EN CHIAPAS y no pasa nada?.

¿LOS GRUPOS SON MAS FUERTES QUE EL SISTEMA LEGAL MEXICANO? A que le temen los líderes locatarios y funcionarios que intervinieron, si hicieron bien las cosas, a que se sepa, como diversos funcionarios transgredieron la ley para otorgar un bien pùblico a favor de particulares con la correspondiente anuencia omitiva de funcionarios municipales de defender su patrimonio.

¿SI UN GRUPO SE DICE SER INDIGENA Y ESTA COMETIENDO ACTOS ILICITOS Y TRANSGREDIENDO LA LEY, PUEDE ESCUDARSE EN ESA CONDICIÓN PARA QUE NO SEA SANCIONADO?

¿NO, PRESCRIBE LA CONSTITUCION QUE NADIE PUEDE HACERSE JUSTICIA POR PROPIA MANO Y QUE TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY?

DENEGACIÓN DE JUSTICIA Y FALTA DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN CHIAPAS,POR LA DISCRIMINACIÓN A 3 MUJERES PARA MUESTRA UN BOTÓN, ESTE CASO DE OCOSINGO, CHIAPAS, POR LO QUE RESPETUOSAMENTE SE SOLICITA SU INTERVENCIÓN SR. GOBERNADOR; DE IGUAL MANERA A ONU MUJERES, ASÍ COMO DE LOS DIPUTADOS DEL CONGRESO DEL ESTADO, AL ORGANO DE FISCALIZACIÓN DEL CONGRESO, AL CONSEJO DE LOS DERECHOS HUMANOS, AL PROCURADOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE CHIAPAS, AL H. AYUNTAMIENTO DE OCOSINGO, CHIAPAS. A LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOLICITAMOS SU INTERVENCIÓN PARA QUE SE HAGA JUSTICIA.

jueves, 16 de septiembre de 2010

15 DE SEPTIEMBRE, NOTA CUARTO PODER..."LOCATARIOS INSTALAN BANDERAS...", OTRO ABUSO MÁS POR PARTE DE ESTE GRUPO. QUIÉN LOS DETIENE?





OCOSINGO * Luego de que los reconocieran como legítimos propietarios.

Locatarios instalan banderas roji-negras en agradecimiento

martes, 14 de septiembre de 2010 - 86 visitas a la fecha


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Juan Sánchez * CP. Luego de que una de las llamadas Juntas del Buen Gobierno determinara reconocer a los locatarios como legítimos propietarios del Mercado Público "Belisario Domínguez" y desconociera a una integrante del mismo, hoy algunos propietarios, con la anuencia de la dirigencia de la Coalición de Locatarios, comenzaron a instalar banderas roji-negras.

De acuerdo con el argumento expresado por algunos locatarios de ese mercado, la instalación de banderines en varios locales, y principalmente en los que están establecidos en las afueras de dicho mercado público, se da en razón a que "al reconocernos los zapatistas como auténticos dueños y propietarios de nuestros locales, en reciprocidad también nosotros les expresamos nuestro reconocimiento a ellos por actuar con justicia".

Aún así, algunos comerciantes rechazaron esta posición porque no todos simpatizan con el movimiento zapatista.

FUENTE DE INFORMACIÓN CONSULTABLE: http://www.cuarto-poder.com.mx/%5CPagPrincipal_Noticia.aspx?idNoticia=206552&idNoticiaSeccion=4&idNoticiaSubseccion=16

lunes, 6 de septiembre de 2010

06 SEPT. ESTA ES LA NOTA QUE PUBLICÓ LA MDR DEL "CUARTO PODER", EN RELACION AL DERECHO DE REPLICA, POCO DE LO QUE REALMENTE ACLARAMOS...



fuente de información consultable en: http://www.cuarto-poder.com.mx/%5CPagPrincipal_Noticia.aspx?idNoticia=205371&idNoticiaSeccion=4&idNoticiaSubseccion=16

Niega comerciante de tortilla ser miembro de una coalición

lunes, 06 de septiembre de 2010 - 14 visitas a la fecha



MdeR. * CP. En respuesta a la nota publicada el pasado sábado 4 de este mes, en la que se da a conocer parte del problema entre una locataria del mercado de Ocosingo y locatarios, Consuelo Evangelina Figueroa Solórzano envió una carta aclaratoria a la Dirección de Cuarto Poder.

En la misiva Figueroa Solórzano objeta el encabezado de la nota de referencia: "locataria incumplida", sin embargo, el entrecomillado indica que el adjetivo no tiene valor absoluto, sino que se refiere al diferendo que trata la nota.

Aclara que no es miembro de la Coalición de Locatarios del referido mercado, sin embargo, en la nota no se afirma lo contrario. En un exceso, cuestiona la denominación que da el reportero a la "central de abasto" y sostiene que es un mercado, no obstante de esa manera se le denomina al inicio de la nota.

La nota de referencia además da a conocer la indebida intervención de una autodenominada Junta de Buen Gobierno, ya que se consigna que el diferendo es un asunto de las autoridades formales, ante las que Figueroa ha recurrido.

Figueroa reconoce que mantiene un juicio ordinario civil, situación de la que informa la nota de referencia, por lo que el reportero únicamente cumplió con su labor informativa al dar a conocer la existencia de un conflicto.

Serán las autoridades formales ante las que han recurrido las partes en conflicto, las que determinen a quién asiste la razón, no la nota informativa de referencia.

Por último, Figueroa cita textualmente la Ley de Imprenta en lo referente a la vida privada, la exposición al odio y otros, pero no hay una sola referencia en tal sentido en la nota mencionada que el asesor legal de la remitente no supo leer.

Sólo se da cuenta de un conflicto por el que una comerciante podría ser lanzada, de la existencia de un juicio civil y de que las autoridades formales habrán de determinar lo conducente.

sábado, 4 de septiembre de 2010

04 DE SEPT. 2010, DERECHO DE REPLICA

ASUNTO: Derecho de réplica, atento al artículo 27 de la ley de Imprenta
Ocosingo, Chiapas; 04 de septiembre de 2010.

C. MARÍA MORALES RUIZ
DIRECTORA GENERAL
PERIÓDICO CUARTO PODER
3ª. PONIENTE NORTE # 141, CENTRO
C.P. 29000, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS
TELS. 6114013, 6114015, 6121092, 6124353; FAX 6125242

PRESENTE

CONSUELO EVANGELINA FIGUEROA SOLÓRZANO, ocurro ante Usted con fundamento en el artículo 27 de la Ley de Imprenta, ya que es obligación de los periódicos de publicar gratuitamente LAS RECTIFICACIONES O RESPUESTAS, que como particulares queremos dar a las ALUSIONES A MI PERSONA, que se hiciera en una nota periodística publicada por el REPORTERO JUAN SÁNCHEZ, el día de hoy 04 de septiembre de 2010, al calce lado derecho, ubicada en la página B12, que textualmente refiere:

Acuerdo desalojo de locales de una locataria “incumplida.” Juan Sánchez * CP. Tras varios meses de interlocución en el conflicto que sostiene la Coalición de Locatarios del Mercado Municipal y la propietaria de una cadena de tortillerías, la "Junta de Buen Gobierno el Camino de Futuro" (JBG) intervino en el asunto de competencia municipal. La JBG determinó entre otras cosas, respetar la decisión de los locatarios para desalojar de los locales a la quejosa que no cumplía con sus obligaciones en la Central de Abastos. Cabe recordar que la Coalición de Locatarios del Mercado Público Tradicional "Belisario Domínguez" inició un procedimiento legal para regularizar los derechos de sus agremiados. De esta manera obtuvo por determinación judicial, el título de propiedad, proceso que le permitió nombrar a su dirigencia legalmente reconocida, elaborar sus propios reglamentos que establecen obligaciones para los locatarios. Dichos acuerdos desde un principio fueron desconocidos por la propietaria de tortillerías "Gaby", Consuelo Evangelina Figueroa Solórzano, quien tiene locales en la mencionada Central de Abasto Popular.Con ello motivó que fuera sancionada y conminada a cumplir con sus responsabilidades como locataria. Sin embargo, hizo caso omiso a los llamados e inició un procedimiento judicial. En contraparte, la Coalición de Locatarios respondió con otro procedimiento judicial que a la fecha no ha concluido; pero al ver la parte acusadora que el proceso no le era favorable, buscó la ayuda de la autollamada Junta de Buen Gobierno, ante la que trató el caso y sentaron a las dos partes sin que se llegara a acuerdo alguno. Pero finalmente la decisión de los zapatistas de la JBG fue negar todo apoyo a la locataria por la posición que adoptó. Al mismo tiempo reconoció como válidas las propuestas de los locatarios y determinaron admitir la sentencia dictada en el expediente 449/2008 en el que se establecen legítimos los derechos como propietarios a los 250 locatarios ahí establecidos.

Por lo que se RECTIFICA manifiesta y aclara, en el marco de respeto, lo conducente:

RESPUESTA A LA NOTA.

PRIMERO.- El término utilizado, “locataria incumplida”, es indebido, puesto que nosotros hemos pagado nuestros impuestos y derechos de piso, licencias municipales, revalidaciones de 03 locales en el Mercado Público Municipal Dr. Belisario Domínguez, ante la autoridad municipal desde hace más de 19 años. ADEMÁS, ACLARAMOS QUE NO PERTENEZCO A LA “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMINGUEZ DE OCOSINGO, CHIAPAS, A.C., POR LO QUE NO PUDE HABER INCUMPLIDO CON SU NORMATIVIDAD INTERNA, NI SOY AGREMIADA. Asimismo, las palabras: “central de abastos” y/o “Central de abastos popular”, son incorrectas, por cuanto es un mercado. Aclaramos que el inicio del procedimiento legal lo inició MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, a nombre y en representación de la referida “COALICIÓN”, NO LA SUSCRITA. ACLARO que la suscrita, mi madre EVA ROSA SOLÓRZANO LÓPEZ, mi hija JOSEFITA GABRIELA MARTÍNEZ FIGUEROA, somos locatarias de los locales 41, 42 y 48
El 07 de octubre de 2009, MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, en representación de la referida “COALICIÓN”, NOS DEMANDÓ, PROMOVIENDO JUICIO ORDINARIO CIVIL DE ACCION REIVINDICATORIA, (Expediente civil número 436/2009) requiriendo la entrega inmediata del bien inmueble donde se encuentra la Tortillería T´Gaby´s,(locales 41, 42 y 48) entre otras cosas. En ejercicio de nuestra GARANTÍA DE DEFENSA, revisamos la demanda y ahí nos enteramos de la existencia del juicio de prescripción positiva número 449/2008 y de una sentencia de fecha 06 de agosto de 2009, e inscrita en el Registro Público de la propiedad, hasta el día 27 de agosto de 2009; precisando, que ESTE JUICIO, fue llevado a espaldas nuestras y conocimos parte de él hasta que nos demandaron (tenían 40 días aproximadamente como supuestos propietarios). Contestamos la referida demanda y contrademandamos a la coalición de locatarios, a MARTHA SOLÓRZANO PANIAGUA, al notario público número 80, haciendo valer un juicio ordinario civil de nulidad por fraude procesal del juicio concluido 449/2008. Dicha contestación y reconvención, molestó a los líderes de dicha organización y quisieron desistirse de la acción el mismo día de la contestación, pero el juez de la causa determinó que debían ratificar dicho documento. Lo que nunca hicieron, por lo que continuó el procedimiento. Lo que les aumentó la presión a los líderes, por lo que para hostigarme y en represión por haber ejercido mi derecho de defensa, ellos han realizado diversas acciones: El 05 de diciembre de 2009, hacinaron montones de grava al frente y a un costado de los locales 41, 42 y 48 de las cuales somos locatarias y posesionarias desde 1990; integrantes de la denominada “Coalición” impidieron el retiro de esos montones de grava; el 06 de diciembre de 2009, la marquesina del negocio apareció pintada con la siguiente leyenda: “MERCADO PÚBLICO TRADICIONAL, DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, PROPIEDAD DE LA COALICIÓN DE LOCATARIOS…., Escritura pública número 814, Vol. Número 11”; En el mes de enero de 2010, pusieron tablas y encostalillaron parte de la grava en sacos de azúcar; y en el mes de febrero de 2010, cercaron el negocio palos de madera y láminas. Se aclara lo anterior, por cuanto los medios de comunicación impresa están obligados a corroborar la veracidad de las notas informativas que pretenden publicar; no debe ser justificante para quien hace una publicación ignore el significado jurídico del término empleado, puesto que el desconocimiento de la ley no puede servir de excusa para un medio de comunicación que se presume cuenta con especialistas y profesionales en la labor informativa; para con ello estar en aptitud de publicar una información objetiva y veraz; QUE NO EXPONGA a personal alguna al odio, desprecio o rídiculo, y con ello no afectar el honor, decoro, vida privada y reputación de las personas CAUSÁNDOLES UN DEMÉRITO EN SU PRESTIGIO, lo que de acuerdo con el artículo 1o. de la Ley de Imprenta vigente, constituye un ataque a la vida privada, única limitante a la libertad de expresión (libertad de imprenta o prensa), prevista en los numerales 6o. y 7o de la Constitución Federal; ya que quien realice este tipo de actividades debe responder de su abuso, independientemente del vínculo que tenga con quien lo haya redactado, puesto con el fin de no incurrir en un hecho ilícito, está obligado a verificar que sus publicaciones carezcan de manifestaciones y expresiones maliciosa lo que no implica atentar contra la libertad de expresión. Por lo anteriormente expuesto, dejamos a salvo nuestros derechos para proceder en la vía que legalmente corresponda.
Se anexa documentación correspondiente que acredita lo dicho con antelación
Sin más por el momento le envío un cordial saludo.
El asunto tiene relación con el expediente civil número 436/2009, acta administrativa 1232/SE18-T2-2009 actualmente Av. Previa número 139/SE18-T2-2010, queja contra funcionarios jurisdiccionales número 244/2009, queja derechos humanos CDH/0030/2010
ATENTAMENTE

CONSUELO EVANGELINA FIGUEROA SOLÓRZANO
04 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

04 DE SEPTIEMBRE 2010, NOTA PERIODISTICA "CUARTO PODER"



OCOSINGO *

Acuerdan desalojo de locales de una locataria "incumplida"

sábado, 04 de septiembre de 2010 - 49 visitas a la fecha


Juan Sánchez * CP. Tras varios meses de interlocución en el conflicto que sostiene la Coalición de Locatarios del Mercado Municipal y la propietaria de una cadena de tortillerías, la "Junta de Buen Gobierno el Camino de Futuro" (JBG) intervino en el asunto de competencia municipal.

La JBG determinó entre otras cosas, respetar la decisión de los locatarios para desalojar de los locales a la quejosa que no cumplía con sus obligaciones en la Central de Abastos.

Cabe recordar que la Coalición de Locatarios del Mercado Público Tradicional "Belisario Domínguez" inició un procedimiento legal para regularizar los derechos de sus agremiados.

De esta manera obtuvo por determinación judicial, el título de propiedad, proceso que le permitió nombrar a su dirigencia legalmente reconocida, elaborar sus propios reglamentos que establecen obligaciones para los locatarios.

Dichos acuerdos desde un principio fueron desconocidos por la propietaria de tortillerías "Gaby", Consuelo Evangelina Figueroa Solórzano, quien tiene locales en la mencionada Central de Abasto Popular.

Con ello motivó que fuera sancionada y conminada a cumplir con sus responsabilidades como locataria. Sin embargo, hizo caso omiso a los llamados e inició un procedimiento judicial.

En contraparte, la Coalición de Locatarios respondió con otro procedimiento judicial que a la fecha no ha concluido; pero al ver la parte acusadora que el proceso no le era favorable, buscó la ayuda de la autollamada Junta de Buen Gobierno, ante la que trató el caso y sentaron a las dos partes sin que se llegara a acuerdo alguno.

Pero finalmente la decisión de los zapatistas de la JBG fue negar todo apoyo a la locataria por la posición que adoptó.

Al mismo tiempo reconoció como válidas las propuestas de los locatarios y determinaron admitir la sentencia dictada en el expediente 449/2008 en el que se establecen legítimos los derechos como propietarios a los 250 locatarios ahí establecidos.

viernes, 3 de septiembre de 2010

03 DE SEPTIEMBRE, MANTA INSTALADA EN LA CALLE 3A. PONIENTE "PROTESTA"



RECURRIMOS A TODOS LOS MEDIOS PACIFICOS Y REALIZAMOS PROTESTAS SIN VIOLENCIA.

OFICIO GIRADO 02 DE SEPTIEMBRE AL MINISTERIO PUBLICO

Av. Previa. 139/SE18-T2-2010
Antecedente: Acta Administrativa 1232/SE18-T2-2009
02 DE SEPTIEMBRE 2010

Fiscal de Distrito Selva, Mesa de Trámite Número dos
Ocosingo, Chiapas.

CONSUELO EVANGELINA FIGUEROA SOLÓRZANO por propio derecho y en representación de las CC. EVA ROSA SOLÓRZANO LÓPEZ Y JOSEFITA GABRIELA MARTÍNEZ FIGUEROA, con la personalidad debidamente reconocida en los autos de la averiguación previa al rubro anotado, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

COMO PARTE OFENDIDA Y COADYUVANTE DE ESTA REPRESENTACIÓN SOCIAL EN LA PRESENTE AVERIGUACIÓN PREVIA, ME PERMITO HACER DE SU CONOCIMIENTO LO SIGUIENTE:
Agradecemos la atención que tuvo al girarle el oficio al C. MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ VAZQUEZ, para que se abstenga de realizar cualquier acto respecto al bien inmueble motivo de la presente averiguación previa, el cual se transcribe a continuación

Sin embargo, diversas personas clientes de la Tortillerías T,GAbys, ubicada en la 3ª poniente sur número 88 del barrio san Sebastián, me han comentado que el líder de los locatarios, C. MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ VAZQUEZ, está organizando a los locatarios para que realicen el día de mañana viernes 03 de septiembre un cierre total del Mercado Público Dr. Belisario Domínguez, en esta ciudad, con la finalidad únicamente de DEMOLER LOS LOCALES 41, 42 Y 48. por lo que ante el Temor Fundado de que esta persona realice tales actos, escudándose en que es un acuerdo de grupo, que el mismo incita, ocurro ante esta representación para denunciar tales hechos. Las personas no me quisieron dar su nombre por temor a represalias en su contra.
Con base en los derechos que le asiste a toda víctima o parte ofendida, le solicito me informe que medidas preventivas, precautorias y cautelares tomó esta representación social a fin de evitar se consumen estas amenazas consistentes en demoler los locales el día de mañana viernes 03 de septiembre de 2010, que desde luego pone en riesgo los bienes legalmente protegidos, así como lesión a mi integridad física, la de mi familia y trabajadores. Así como se tome en consideración que si los líderes están utilizando a la persona moral “COALICIÓN DE LOCATARIOS…”, para delinquir, deberá investigar los ílicitos en los que están incurriendo socios, gerentes, directores, administradores únicos, presidentes, etc., para el deslinde de responsabilidades correspondientes. Por cuanto al parecer están utilizando como táctica o estrategia, que son una organización fuerte, constituida de más de 200 locatarios, para escudarse y esconderse detrás de la estructura de la persona moral y evadir la responsabilidad de sus acciones u omisiones.

Por lo antes expuesto a usted C. Fiscal del Ministerio Público, atentamente pido:

Primero:- Tenerme por presentado en términos del presente escrito, como parte ofendida y coadyuvante de esta representación, aportando datos, información para la debida integración de la indagatoria en que se actúa, para que conforme sus atribuciones previstas en el artículo 21 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, códigos, leyes y reglamentos correspondientes, se realicen tantas y cuantas diligencias sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
SEGUNDO.- Con base en los derechos que le asiste a toda víctima o parte ofendida, le solicito me informe que medidas preventivas, precautorias y cautelares tomó esta representación social a fin de evitar se consumen estas amenazas consistentes en demoler los locales el día de mañana viernes 03 de septiembre de 2010, que desde luego pone en riesgo los bienes legalmente protegidos, así como lesión a mi integridad física, la de mi familia y trabajadores. Así como se tome en consideración que si los líderes están utilizando a la persona moral “COALICIÓN DE LOCATARIOS…”, para delinquir, deberá investigar los ílicitos en los que están incurriendo socios, gerentes, directores, administradores únicos, presidentes, etc., para el deslinde de responsabilidades correspondientes. Por cuanto al parecer están utilizando como táctica o estrategia, que son una organización fuerte, constituida de más de 200 locatarios, para escudarse y esconderse detrás de la estructura de la persona moral y evadir la responsabilidad de sus acciones u omisiones.
TERCERO.- Una vez llenado los requisitos del artículo 16 constitucional ejercitar acción penal respectiva, exigiendo la reparación del daño y solicitando la orden de aprehensión en contra de quien o quienes resulten responsables.
CUARTO:- Se le solicita a esta representación NUEVAMENTE, se tomen las medidas preventivas, precautorias o cautelares correspondientes, ante los comentarios de dichas personas y las acciones de liderazgo que está ejerciendo el C. MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ VAZQUEZ, organizando a los locatarios para que cierren el mercado, únicamente para demoler los locales 41, 42 y 48, materia de esta indagatoria. Medidas precautorias, que se sugieren que eviten actos de desposesionamiento o desposesorios, mediante procedimientos ilegales y arbitrarios, es decir. Sin procedimiento legal alguno. (actos arbitrarios, que no cumplen con los requisitos que prescriben los artículos 14 y 16 constitucionales). Lo anterior, con independencia del acreditamiento del derecho de propiedad.
QUINTO.- En cumplimiento a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 17 constitucional que a la letra dice: “…Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para ejercer su derecho.”, so pena de incurrir en un posible delito como lo que están aconteciendo en la presente indagatoria en que se actúa, toda vez que dicha Coalición, al haber puesto montones de grava y/o arena al frente y a un costado de la tortillería, lo que me impide laborar y dar un servicio de calidad a nuestros clientes. Causando daños y perjuicios diarios aproximadamente de $6,278.98 (seis mil doscientos setenta y ocho pesos 98/100 M.N.)
Por lo que del día 05 de diciembre al día 26 de agosto tenemos 265 días sin poder laborar, a causa de los montones de grava que bloquean al negocio, y el cercado actual al mismo, aunado a que dichos locatarios impiden el retiro de dicha grava y cercado, por lo que hemos dejado de percibir la cantidad de $1,663,929.70 (un millón seiscientos sesenta y tres mil novecientos veintinueve pesos 70/100 M.), esto más los días que se acumulen hasta el levantamiento de los obstáculos que están colocados hasta hoy día. (montones de grava y cercado), a razón de una cantidad diaria de $6,278.98 (seis mil doscientos setenta y ocho pesos 98/100 M.N.).

SEXTO.- Se nos expida copia certificada por duplicada de todo lo actuado en la presente acta administrativa, actualmente averiguación previa, para efectos de presentarla como prueba en un posible demanda civil por daños y perjuicios, así como para que obre como legalmente corresponda en el Juicio Civil de Acción Reivindicatoria número 436/2009.

SÉPTIMO.- En caso de omisión señaló como responsables a las autoridades municipales, presidente municipal, secretario de obras públicas, desarrollo urbano, agente del ministerio público, de lo que pueda suceder con los locales 41, 42 y 48 donde tenemos instalada una tortillería, a la “Coalición de locatarios del mercado tradicional Dr. Belisario Domínguez, Ocosingo, Chiapas, A.C.”, particularmente a los CC. MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, TEODOCIO CRUZ MOLLINEDO, TOMÁS MENDOZA RUIZ, CARLOS GÓMEZ ORTEGA, ARTEMIO CRUZ PÉREZ.



Protesto lo necesario


Ocosingo, Chiapas; a 02 de septiembre del 2010.

C.c.p. Presidente de la República Mexicana.- Lic. Félipe Calderón Hinojosa.- Para su superior conocimiento e intervención.
C.c.p Gobernador del Estado de Chiapas.- Lic. Juan Sabines Guerrero
C.c.p. Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- Para su conocimiento e intervención.
C.c.p. Esposa del Sr. Gobernador del Estado de Chiapas.- Isabel Aguilera de Sabines.- Para su conocimiento e intervención, por cuanto somos 3 mujeres a quienes se le violentan reiteradamente sus derechos humanos.
C.c.p. Secretaría de la Función Pública.- Lic. Tomás Sánchez Sánchez.- Para su conocimiento e intervención, así como para que se investigue el caso de corrupción por la prescripción de un bien público a favor de particulares, como lo es el Mercado Público Dr. Belisario Domínguez de Ocosingo, Chiapas.
C.c.p. Secretaría General de Gobierno.- Dr. Noé Castañón León.- Para su conocimiento e Intervención.
C.c.p. Magdo. Presidente del Supremo Tribunal del Justicia del Estado de Chiapas y del H. Consejo de la Judicatura.- Para su conocimiento e Intervención.
C.c.p. Procurador General de Justicia del Estado de Chiapas.-Lic. Raciel López Salazar.- Para su conocimiento e intervención en relación al acta administrativa número 1232/SE18T2/2009 relacionada con la Av. Previa. 139/SE18-T2-2010, para que se emitan las medidas precautorias para evitar la consumación de dicho ilícito.
C.c.p. Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.- Para su conocimiento y intervención.
C.c.p. Comisión Estatal de Derechos Humanos.- Lic. Juan Carlos Moreno Guillén. Para su conocimiento e intervención y la emisión de la recomendación de medidas precautorias y cautelares al Agente del Ministerio Público, de ocosingo, Chiapas.
C.c.p. Editorial del Periódico Cuarto Poder.- periodico@cuartopoder.com.mx
C.c.p. Periódico Diario de Chiapas.- contacto@diariodechiapas.com
























ANTES DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DE 2009 DOS MIL NUEVE.



¿ EL MARTES 1º. DE SEPTIEMBRE, CUMPLIRÁN SU AMENAZA LOS LOCATARIOS DE DEMOLER LOS LOCALES 41, 42 Y 48, DONDE SE ENCUENTRA INSTALADA UNA TORTILLERÍA?
¿QUE HARÁN LAS AUTORIDADES COMPETENTES. INTERVENDRÁN O SEGUIRÁN SIENDO OMISAS?
¿SE HARÁ JUSTICIA EN EL PRESENTE ASUNTO O SE PRIVILEGIARÁ EL COMPADRAZGO, LA LÍNEA CON LAS AUTORIDADES GUBERNAMENTALES DE LOS 2 NIVELES DE GOBIERNO, ESTATALES Y LOCALES?
¿SEREMOS ESCUCHADAS O MARGINADAS NUEVAMENTE?
NOTA.- El agente del Ministerio Público giró oficio al C MIGUEL ANGEL DOMINGUEZ VAZQUEZ, para que se abstuviera de realizar acciones



PERIÓDICO EL HERALDO, PUBLICADO EL DÍA 25 DE AGOSTO DE 2010.


PERIÓDICO CUARTO PODER, PUBLICADO EL DÍA MIERCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010








NOTA PERIODISTÍCA PUBLICADA EL 25 DE AGOSTO DE 2010, EN EL PERIÓDICO “LA VOZ DE OCOSINGO”










SOBRE QUE SE RECEPCIONÓ EL DÍA 25 DE AGOSTO DE 2010, EN EL QUE APARECEN COMO REMITENTES, LA COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, OCOSINGO, CHIAPAS, A.C.

UN LADO DEL SOBRE.



OTRO LADO DEL SOBRE.



EN ESTE SOBRE VENÍA INSERTO UN DOCUMENTO DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010, EN EL QUE SE REITERA LA AMENAZA PROFERIDA Y LEÍDA POR MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, LÍDER DE DICHA ORGANIZACIÓN, EN REPORTAJE DE TELEVISIÓN TVN, OCOSINGO, CONSTANTE DE DOS FOJAS.



DOCUMENTO DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010, EN EL QUE SE REITERA LA AMENAZA PROFERIDA POR MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, LÍDER DE DICHA ORGANIZACIÓN, FOJA 1.








DOCUMENTO DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010, EN EL QUE SE REITERA LA AMENAZA PROFERIDA POR MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, LÍDER DE DICHA ORGANIZACIÓN, FOJA 2.




Ante los hechos denunciados ante el Fiscal del Ministerio Pùblico, tuvo a bien girarle este oficio al C. MIGUEL ANGEL DOMÌNGUEZ VAZQUEZ, quien ostenta el cargo de Presidente de la COALICIÒN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMINGUEZ, DE OCOSINGO CHIAPAS, A.C.

31 DE AGOSTO, MINISTERIO PUBLICO GIRÓ OFICIO AL LIDER DE LA COALICION DE LOCATARIOS

UNA DENUNCIA MAS... 29 DE AGOSTO DE 2010, EL LÍDER DE LA COALICIÓN DE LOCATARIOS AMENAZA CON DEMOLER LOS LOCALES.

OCOSINGO, CHIAPAS, MÉXICO
29 DE AGOSTO DE 2010.

Nuestro negocio de tortillería sigue bloqueado, tenemos al día de hoy 268 días sin poder laborar, no podemos trabajar, y pues esto nos obliga RESPETUOSAMENTE a pedirle su Apoyo nuevamente
Sr. Gobernador del Estado de Chiapas.

SOLICITAMOS TU APOYO CIUDADANO (A) REENVIANDO ESTE CORREO A TODOS TUS CONTACTOS. PARA EVITAR UNA VIOLACIÓN MÁS A LOS DERECHOS HUMANOS, COMO SERÍA LA DEMOLICIÓN DEL BIEN INMUEBLE.


CARTA ABIERTA


Alerta a la comunidad internacional
Alerta a la comunidad nacional
Al presidente de la República de México.
A la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Al Gobernador del Estado de Chiapas
A la Comisión de Derechos Humanos, Chiapas
A los medios de comunicación internacional, locales, regionales y municipales.
Al Presidente del Supremo Tribunal de justicia del Estado
Al Procurador General de Justicia del Estado.



LA “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGEZ, A.C., OCOSINGO CHIAPAS”, en voz de su líder, MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, amenaza en demoler locales en litigio este martes 1º. de septiembre de 2010. 3 MUJERES RESULTARÁN AFECTADAS.- - - - - - - - - ANARQUÍA, PUEBLO SIN LEY Y ORDEN SOCIAL.



Se DENUNCIA PÚBLICAMENTE y se alerta a la comunidad nacional e internacional, en torno a una eventual demolición de las instalaciones de los locales 41, 42 y 48 del Mercado Público Dr. Belisario Domínguez, en Ocosingo Chiapas, no obstante que están en litigio civil y penal (expedientes 436/2009, Acta Administrativa 1232/SE18-T2-2009, actualmente Av. Previa. número 139/SE18-T2-2010), así como acciones represivas en contra de CONSUELO EVANGELINA FIGUEROA SOLÓRZANO, EVA ROSA SOLÓRZANO LÓPEZ Y JOSEFITA GABRIELA MARTÍNEZ FIGUEROA, que estaría promoviendo el líder de la “COALICIÓN…”, Miguel Angel Domínguez Vazquez. LA AMENAZA CONSISTE EN: Que debemos desocupar el local con buena voluntad en el plazo acordado en su asamblea general de locatarios de ocho dias hábiles a partir del dia 21 de agosto venciendo dicho plazo el día 1º de septiembre del año en curso, reiterando que debo retirar mi maquinaria de la supuesta propiedad de los locatarios antes mencionados y que no cumplir con la condición de desocupar o desalojar el local, los locatarios tomarían las medidas necesarias conforme a sus acuerdos consistentes en demoler el local para remodelarlo y darle uso común para el beneficio de los locatarios. Pueden mandarnos sus comentarios y opiniones al domicilio ubicado en 3ª poniente sur número 88, barrio san sebastian, Ocosingo, Chiapas, c.p. 29950, teléfonos 019196730682, 0459191094829, o vía internet a fconsuelo5@hotmail.com.

Lo anterior constituye una amenaza que dieron a conocer en el programa de la televisión local TVN el 24 de agosto de 2010 y en otros medios locales escritos publicados el día 25 de agosto 2019 –EL HERALDO, CUARTO PODER -; también dicha amenaza está contenida en un DOCUMENTO DE FECHA 21 DE AGOSTO DE 2010, escrito que fue recepcionado a través de un sobre mandado vía correo postal a mi persona, mandado por la “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, OCOSINGO CHIAPAS, A.C.”; por lo que de llevarse a cabo (desocupación ilegal del inmueble y/o demolición del mismo,) sufriríamos un detrimento en nuestro patrimonio, honor, derechos de posesión y de no tener un juicio justo; por lo que estos actos nuevamente causan una intimidación a mi persona pues tengo el temor fundado de que cumplan con sus amenazas. Reiterando que estos hechos constituyen una amenaza conminatoria y condicionada, al imponernos una condición en el sentido de desocupar el inmueble en el plazo de ocho dias hábiles so pena de no cumplirlo lo demolerán.

De ahí que tengo el temor fundado de que estas amenazas, lleguen a cumplirse y se consuman dichos ilícitos, máxime que ellos han realizado diversas acciones tales como las siguientes:

1).- El sábado 05 de diciembre de 2009, hacinaron de montones de grava al frente y a un costado de los locales 41, 42 y 48 de las cuales somos locatarias y posesionarias desde 1990; y personas de la denominada “Coalición” impidieron el retiro de esos montones de grava;
2).- El domingo, 06 de diciembre de 2009, la marquesina del negocio apareció pintada con la siguiente leyenda: “MERCADO PÚBLICO TRADICIONAL, DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, PROPIEDAD DE LA COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ DE OCOSINGO, CHIAPS, A.C., Escritura pública número 814, Vol. Número 11”.
3).- En el mes de enero de 2010, ponen tablas y encostalillan parte de la grava en sacos de azúcar;
4).- En el mes de febrero de 2010, cercaron el negocio palos de madera y láminas.

Acciones éstas, que están fuera de la ley y fueron puestas en conocimiento del entonces Agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía, Mesa de Tramite número 2, en Ocosingo, desde el desde el momento en que ocurrieron y del Presidente Municipal Carlos Leonel Solórzano Arcia, sin que dichas autoridades, en el ámbito de su competencia hayan hechos nada al respecto. Por lo que ante el inminente peligro que representa que esta serie de amenazas sean cumplidas en unos días más, SOLICITAMOS TU APOYO CIUDADANO (A) REENVIANDO ESTE CORREO A TODOS TUS CONTACTOS. PARA EVITAR UNA VIOLACIÓN MÁS A LOS DERECHOS HUMANOS, COMO SERÍA LA DEMOLICIÓN DEL BIEN INMUEBLE.

ASÍ COMO POR CUANTO TAMBÍEN, HAN INCURRIDO EN VIOLACIONES FLAGRANTES A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, COMO LAS QUE SE EXPLICITAN A CONTINUACIÓN:

1.- Violación a la Garantía de igualdad, contenida en el último párrafo del artículo 1º. constitucional; por discriminación por condición social, al no darnos un trato equitativo, por parte de autoridades municipales y Fiscal de Distrito Selva, Mesa de Trámite número 2, ocosingo, Chiapas, como se le ha otorgado a la denominada “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, A.C.”, por el hecho que ellos representan a un grupo de más de 250 personas, lo que atenta en contra de nuestra dignidad humana como mujeres que somos, menoscabando con ello nuestros derechos.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

2.- Trasgresión a la garantía de derecho al Trabajo, artículo 5 constitucional; Tenemos sin poder trabajar 268 días, por acciones y represalias de un grupo denominado “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, A.C.”, impidiendo a que nos dediquemos a la industria de Tortillería, por cuanto desde el día 05 de diciembre de 2009, bloqueo los accesos de los locales 41, 42 y 48 de forma ilegal, sin que las autoridades correspondientes hagan caso al respecto.

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.


3.- Trasgresión al derecho a la Libertad de Asociación, artículo 9 constitucional; A ninguna persona puede obligarse a que se afilie a una organización sin su consentimiento. Cuestión que la aludida organización mencionada en puntos precedentes pretende en forma coaccionada hacer ingresar a su organización, con la Ayuda del H. Ayuntamiento Municipal de Ocosingo, Chiapas.

No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

4.- Violación al artículo 13 constitucional, por cuanto la constitución es clara en señalar que nadie puede ser juzgado por leyes privativas, ni por tribunales especiales. La Coalición con el escrito de la supuestamente suscrito por la Junta de Buen Gobierno, pretende que nosotros desocupemos el local con buena voluntad en el plazo acordado en su asamblea general de locatarios de ocho dias hábiles a partir del dia 21 de agosto venciendo dicho plazo el dia 1º de septiembre del año en curso, reiterando que debo retirar mi maquinaria de la supuesta propiedad de los locatatarios antes mencionados y que no cumplir con la condición de desocupar o desalojar el local, los locatarios tomarían las medidas necesarias conforme a sus acuerdos consistentes en demoler el local para remodelarlo y darle uso común para el beneficio de los locatarios.

Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

5.- Trasgresión a los artículos 14 y 16 constitucionales, por cuanto el bloqueo de mis locales han sido ilegales, por que me están privando de mi derecho de posesión sin juicio y sin la instauración de un procedimiento específico, menos aún existe mandamiento de autoridad competente en el que fundara y motivara dicho bloqueo. Con la correspondiente omisión de las autoridades para el retiro de dichos montones de arena.

“…Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho…”.

“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.”


6.- Violación flagrante al artículo 17 constitucional, por cuanto los integrantes de la “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ, A.C.”, están realizando acciones ilegales al pretender hacerse justicia por propia mano, al bloquear los locales con montones de arena (desde el 05 de diciembre de 2009) donde tenemos instalado el negocio de Tortillería, y por otro lado a nosotros se nos a denegado justicia por parte de autoridades municipales y judiciales estatales.

“Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

“Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.


7.- Transgresión al artículo 21 constitucional, por cuanto que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las Policías, así como el ejercicio de la acción penal, lo que no ha hecho debidamente el Representante Social en Acta Administrativa 1232/SE18-T2-2009, actualmente Av. Previa. 139/SE18-T2-2010, lo que nos perjudica enormemente, por cuanto tenemos que denunciamos desde hace 265 días y el Mp. No ha cumplido a cabalidad sus funciones, lo que implica denegación de justicia, causando con ello un quebranto patrimonial de alrededor de $1,663,929.70 al día de hoy, más lo que se acumule hasta la solución del presente asunto.

“La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

“El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. La ley determinará los casos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial.


Por todas las razones expuestas con antelación, y Frente a la grave situación de agresiones a que hemos sido objeto en esta Ciudad de Ocosingo, Chiapas, México, ante este régimen golpista manifestamos lo siguiente:

Responsabilizamos a la “Coalición de Locatarios del mercado tradicional Dr. Belisario Domínguez, Ocosingo, Chiapas, A.C.”, particularmente a los CC. MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, TEODOCIO CRUZ MOLLINEDO, TOMÁS MENDOZA RUIZ, CARLOS GÓMEZ ORTEGA, ARTEMIO CRUZ PÉREZ, así como a las autoridades que los respaldan (POR ACCIÓN U OMISIÓN) en caso de cualquier agresión a los locales 41, 42 y 48 antes mencionados, a mi persona, familia y trabajadores.

Tgabys, tortillerías, Como empresa seria y responsable, responderemos de manera conjunta y unitaria, tomando las acciones pacificas necesarias, frente a cualquier agresión hacia las instalaciones, a mi persona, familia o trabajadores, y decir una vez más que, pese a las amenazas y hostigamientos daremos continuidad y seguiremos impulsando la denuncia, el asunto civil y penal


Por todo lo expuesto con antelación, solicitamos:

PRIMERO.- Conseguir una audiencia directa con el Señor Gobernador del Estado de Chiapas.
SEGUNDO.- Que las autoridades estatales, tomen cartas en el Asunto y en consecuencia sean retirados los montones de grava y/o arena que fueron hacinados enfrente y a un costado de nuestro negocio arbitrariamente desde el día 05 de diciembre de 2009 (hace 268 días), locales 41, 42 y 48 del citado mercado público municipal; así como solicito respetuosamente que cesen las represalias y las represiones en nuestra contra.
TERCERO.- Que nos dejen laborar, el negocio, (Tortillerías T gabys) es un patrimonio familiar, y los locales marcados con los número 41, 42 y 48, (tenemos los derechos de locatarios desde hace 19 años, uno está a nombre de mi abuela, el otro de mi mamá y el último a nombre de mi hermana).
CUARTO.- Que se respeten nuestras garantías individuales al tenor de lo que dispone el artículo 14 y 16 constitucionales, se salvaguarden nuestros derechos de locatario y de posesión en tanto se resuelve los asuntos que se están ventilando en el Juzgado Mixto de Ocosingo, Chiapas; así como se nos paguen los daños y perjuicios que nos han causado.
QUINTA.- Que se realice la investigación del caso relativo al Mercado Público Municipal Dr. Belisario Domínguez, de Ocosingo, Chiapas. (Prescripción mediante Juicio fraudulento de un bien público a favor de particulares con apoyo y colaboración de diversas autoridades municipales y del Diputado Local de la Zona –Juicio de prescripción positiva número 449/2008, radicado ante el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ocosingo, Chiapas-).
SEXTA.- Que nos dejen laborar; que nos respeten los derechos de locatarias y de posesión que tenemos desde hace 19 años, al tenor de lo dispuesto por los artículos 14 y 16 constitucionales; que cesen las represalias en nuestra contra. No omito manifestar, que existe Juicio Reivindicatorio de la Posesión (respecto a los locales 41, 42 y 48) instaurado en nuestra contra, al cual ya ocurrimos a juicio, contestando la demanda y en el cual contrademandamos, haciendo valer la acción de nulidad por fraude procesal, y con motivo a estas defensas ejercidas hemos sido objeto de represalías y de represión, aunado a que no somos atendidos ni escuchados.
SÉPTIMA.- Al Fiscal del ministerio público y al Organismo protector de los Derechos Humanos del Estado, le solicito, se implementen las medidas precautorias y cautelares a fin de evitar se consumen estas amenazas que desde luego pone en riesgo tanto la integridad física de mi persona como la de mi familia pues tengo el temor que estos cumplan con las mismas. Así como para evitar que se sigan violentando los derechos humanos, libertad al trabajo, derecho de petición, de acceso a la justicia y de ser escuchados por una autoridad.

OCTAVA.- Responsabilizo a los líderes de la “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ “DE OCOSINGO, CHIAPAS, A.C.”, particularmente a los CC. MIGUEL ANGEL DOMÍNGUEZ VAZQUEZ, TEODOCIO CRUZ MOLLINEDO, TOMÁS MENDOZA RUIZ, CARLOS GÓMEZ ORTEGA, ARTEMIO CRUZ PÉREZ, de lo que pueda pasarle a mi persona, familia y así como de los daños que pudieran ocasionar a los locales 41, 42 y 48, de consumarse dicha amenaza. Así como señalo como responsables al H. Ayuntamiento Municipal de Ocosingo, Chiapas, de lo que pueda sucederle a mi familia y a los empleados de nuestro negocio de Tortillerías T´Gaby´s, así como de los daños que pudieran ocasionar a los locales 41, 42 y 48 donde se encuentra ubicada la Tortillería T´Gaby´s, a las instalaciones de gas, agua, luz, drenaje, electricidad, que se están ocasionando por el no retiro de la grava, no obstante que tienen conocimiento desde el día 05 de diciembre de 2009. Lo anterior, por el grado de su coparticipación en esta problemática por su conducta omisiva. De igual manera responsabilizo al Fiscal de Distrito Selva, Mesa de Trámite Número dos, Ocosingo, Chiapas, en caso de no actuar en el ámbito de su competencia.




Que quede constancia que esta denuncia se está realizando a tiempo, por lo que si existe omisión por parte de este organismo de derechos humanos, veremos como resultado en próximos días UNA ACCIÓN ILEGAL MÁS, POR PARTE DE LA “COALICIÓN DE LOCATARIOS DEL MERCADO TRADICIONAL DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ”, soportada por diversas autoridades de nivel estatal y municipal. Es decir, sacarán nuestras cosas y demolerán dichos inmuebles.


ATENTAMENTE



CONSUELO EVANGELINA FIGUEROA SOLÓRZANO, por propio derecho
Y en representación de EVA ROSA SOLÓRZANO LÓPEZ y
JOSEFITA GABRIELA MARTÍNEZ FIGUEROA.

Ocosingo, Chiapas; a 29 de agosto del 2010.

C.c.p. Presidente de la República Mexicana.- Lic. Félipe Calderón Hinojosa.- Para su superior conocimiento e intervención.
C.c.p Gobernador del Estado de Chiapas.- Lic. Juan Sabines Guerrero
C.c.p. Comisión Nacional de los Derechos Humanos.- Para su conocimiento e intervención.
C.c.p. Esposa del Sr. Gobernador del Estado de Chiapas.- Isabel Aguilera de Sabines.- Para su conocimiento e intervención, por cuanto somos 3 mujeres trabajadoras la cuales no hemos sido escuchadas debidamente por las autoridades municipales y estatales.
C.c.p. Secretaría de la Función Pública.- Lic. Tomás Sánchez Sánchez.- Para su conocimiento e intervención, así como para que se investigue el caso de corrupción por la prescripción de un bien público a favor de particulares, como lo es el Mercado Público Dr. Belisario Domínguez de Ocosingo, Chiapas.
C.c.p. Secretaría General de Gobierno.- Dr. Noé Castañón León.- Para su conocimiento e Intervención.
C.c.p. Magdo. Presidente del Supremo Tribunal del Justicia del Estado de Chiapas y del H. Consejo de la Judicatura.- Mtro. Juan Gabriel Coutiño Gómez. Para su conocimiento y para que copia de este documento se glose a la queja número 244/2009 ventilada ante la H. Comisión de Vigilancia del Consejo de la judicatura del Estado.
C.c.p. Procurador General de Justicia del Estado de Chiapas.-Lic. Raciel López Salazar.- Para su conocimiento e intervención en relación al acta administrativa número 1232/SE18T2/2009 relacionada con la Av. Previa. 139/SE18-T2-2010, para que se emitan las medidas precautorias para evitar la consumación de dicho ilícito.
C.c.p. Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado.- Para su conocimiento y intervención; solicitando asimismo, atención a la queja presentada el día 02 de diciembre de 2009 y el documento remitido por la Secretaría de la Función Pública, en relación al asunto de la prescripción de un bien público a favor de particulares.
C.c.p. Comisión Estatal de Derechos Humanos.- Lic. Juan Carlos Moreno Guillén. Para su conocimiento e intervención y la emisión de la recomendación de medidas precautorias y cautelares al Agente del Ministerio Público, de ocosingo, Chiapas.
C.c.p. Auditor Superior del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Chiapas.- C.P. Humberto Blanco Pedrero.- Para su conocimiento e intervención así como para que se investigue el caso de corrupción por la prescripción de un bien público a favor de particulares, como lo es el Mercado Público Dr. Belisario Domínguez de Ocosingo, Chiapas. Así como si dentro de la estructura orgánica del H. Ayuntamiento Municipal de Ocosingo, Chiapas, está autorizado el cargo de “DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO”, o se están desviando recursos de índole federal o estatal. Así como para el deslinde de responsabilidades correspondiente a Servidores Públicos Municipales por omisión en su actuación respecto a la problemática que se presenta. Y para que se glose a la queja bajo el folio 000003.
C.c.p. Editorial del Periódico Cuarto Poder.- periodico@cuartopoder.com.mx
C.c.p. Periódico Diario de Chiapas.- contacto@diariodechiapas.com


ASIMISMO, SOLICITAMOS DEL APOYO, Para que el Gobierno del Estado de Chiapas, nos atienda para resolver dicha problemática, retiro de los montones de grava que fueron hacinadas desde el día 05 de diciembre de 2009, así como para evitar que las amenazas de desalojarnos y demoler el inmueble donde tenemos nuestro negocio de tortillería, no se lleven a cabo:

1.- LOS MEDIOS INTERNACIONALES:
2.- A LOS MEDIOS LOCALES DE MÉXICO
(Periódicos, Revistas, Radio, Televisoras, Etc.):
PERIODICOS: El economista; La Jornada; Novedades; Diario de México; El Universal; El Excelsior; El Heraldo de México; Unomásuno; Diario de Chiapas, Cuarto Poder, Pendulo de Chiapas, etc.
TELEVISORAS: Noticieros Televisa: Carlos Loret de Mola.- Primero Noticias.- El Noticiero con Lolita Ayala.- Las Noticias Por Adela.- Joaquín López Doriga. Los Reporteros. TV Azteca;
3.- AL GOBIERNO FEDERAL:
LIC. FÉLIPE CALDERÓN HINOJOSA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA

FERNANDO FRANCISCO GÓMEZ-MONT URUETA
SECRETARIO DE GOBERNACIÓN.

SALVADOR VEGA CASILLAS
SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

4.- AL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS:
PODER EJECUTIVO:
LIC. JUAN SABINES GUERRERO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

DR. NOE CASTAÑON LEON
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

HECTOR VELASCO SANTIAGO
SECRETARIO PARTICULAR

DR. NEMESIO PONCE SANCHEZ
SUBSECRETARIO DE GOBIERNO

LIC. CARLOS OCTAVIO CASTELLANOS MIJARES
CONSEJERO JURÍDICO DEL GOBERNADOR

SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO.


PODER LEGISLATIVO, LXIII LEGISLATURA.
DIP. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIAPAS.
DIP. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIAPAS.

PODER JUDICIAL
MTRO. JUAN GABRIEL COUTIÑO GÓMEZ
MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA.
4.- A LOS PRESIDENTES QUE REPRESENTAN A LOS PARTIDOS POLÍTICOS DEL PAÍS:
PAN, Partido Acción Nacional.- César Nava Vázquez
PRI, Partido Revolucionario Institucional.- Beatriz Paredes
PRD. Partido de la Revolución Democrática.-
PVEM, Partido Verde Ecologista de México.
PT, Partido del Trabajo.
Partido de Convergencia.
Partido Nueva Alianza.





Ciudadano Mexicano(A), solidarízate con estas tres mujeres trabajadoras, honradas, con buena fama pública y rectitud de las suscritas. ¡Ayúdanos en esta Lucha!, QUEREMOS SER ESCUCHADAS.